El derecho a la educación inclusiva es un proceso de interacción entre las familias, los estudiantes, docentes y colegios. Esas relaciones, pocas veces, fluyen fácilmente y sin dificultades. Lastimosamente para las familias, el proceso de la educación inclusiva es muchas veces desgastante, en el peor de los casos, una tortura.
Con frecuencia enfrentan la vulneración del derecho a la educación de sus hijos, la discriminación y la exclusión. Algunos son conscientes de la vulneración de sus derechos, otros no. En DescLAB creamos la estrategia #EscuelaParaTodos para que las familias y los estudiantes conozcan a qué tienen derecho y encuentren herramientas para garantizarlo. Innovamos de esta manera para pasar de pedir el favor a exigir un derecho.
Acá les contamos 6 razones para usar la acción de tutela para proteger el derecho a la educación inclusiva. No se trata de judicializar la educación, pero se trata de conocer las herramientas que tenemos a nuestra disposición, nadie tiene que soportar la exclusión o la discriminación en la escuela.
Razón 1. La educación inclusiva es un derecho, no es un favor. El derecho a la educación inclusiva es un derecho fundamental. Y los derechos fundamentales se pueden proteger a través de la tutela. Las familias no tienen que esperar eternamente a que un colegio sea inclusivo, tampoco tienen que buscar otros colegios cuando uno en particular se niega a recibir o a incluir plenamente a sus hijos. Ante el riesgo que se les vulnere el derecho a la educación inclusiva, ante el riesgo de ser excluido o discriminado, las familias deben actuar, la acción de tutela es una forma efectiva para hacerlo.
Razón 2. Los niños y niñas con discapacidad gozan de doble protección constitucional, por ser niños y por ser personas con discapacidad.Los derechos de los niños con discapacidad son un asunto de primerísima importancia, no es un asunto de segunda categoría, que pueda esperar a que llegue el docente de apoyo, a que el maestro tome una capacitación o que al rector se le antoje. La Constitución Política de 1991 los protege de manera reforzada. Excusas como: no estamos preparados, no tenemos experiencia, hay mejores lugares para su hijo encubren las más graves violaciones al derecho a la educación inclusiva.
A pesar de que el derecho a la educación inclusiva es un derecho constitucional, no una moda ni una tendencia, algunos colegios públicos y privados, no lo saben o no les importa. Vulneran sus derechos y omiten las responsabilidades que, cuando se trata de educación inclusiva, le impone la Constitución, la Ley 1618 de 2013 y el Decreto 1421 de 2017.Cuando eso pasa, hay que acudir a la acción de tutela.
Razón 3. Es una herramienta rápida, efectiva que no requiere de un abogado para proteger los derechos. Lastimosamente, para las familias exigir el derecho a la educación inclusiva es un proceso largo y desgastante. Se pierde tiempo haciendo solicitudes verbales a los profesores y colegios, se pierde tiempo valioso por los rodeos y maniobras de los colegios. Las familias no conocen bien a qué tienen derecho, no saben qué pueden exigir de los colegios y de los maestros.
La tutela permite obtener una respuesta rápida, en 10 días hábiles debe obtener una sentencia, es decir, una decisión del juez frente al caso (ahora, se puede perder o ganar, no tenemos el éxito asegurado). Además, es una acción fácil de utilizar, no es altamente compleja y las personas pueden interponerla directamente sin que necesariamente tengan que contratar un abogado.
#EscuelaParaTodos ofrece un formato de acción de tutela adaptado al derecho a la educación inclusiva. Las personas deben revisarlo con cuidado y completarlo directamente si se sienten seguras. Si consideran que requieren apoyo pueden tomar ese mismo formato y acudir a un consultorio jurídico o a la personería.
Razón 4. La tutela debe ser el último recurso, pero tampoco hay que esperar ni aguantar tanto. No es una buena idea usar la tutela desde el primer día, por una razón clave: para usar la tutela debe haber una vulneración de un derecho. Por eso es que, antes de acudir al juez, las familias deben usar el del derecho de petición para hacer sus solicitudes a los colegios y para recibir respuestas escritas. Solo cuando se ha negado el derecho a la educación inclusiva es posible acudir a los jueces.
Es clave saber cuándo se ha vulnerado el derecho a la educación inclusiva, para ello en #EscuelaParaTodos encuentra rutas, notas de blog y publicaciones relevantes que le permiten saber a qué tiene derecho. Una vez eso ha sucedido, no vale la pena esperar ni perder tiempo preciado. Manos a la obra.
Razón 5. Sirve para obtener una respuesta concreta a su problema. La acción tutela sirve para que el juez entienda que se ha vulnerado el derecho a la educación inclusiva y para solicitarle que obligue al colegio, al rector, al docente o a la respectiva secretaría de educación a garantizar el derecho, a no discriminar, excluir o segregar. En #EscuelaParaTodos encuentra los problemas más frecuentes, las rutas y formatos de derecho de petición y acción de tutela necesarios para garantizar el derecho.
Al momento de hacer la tutela hay que ser concretos, al juez hay que decirle de manera concreta qué se necesita, el juez no es experto en estos temas y tampoco tiene porqué adivinar, por ejemplo:
Que le asignen un cupo o que lo matriculen.
Que no lo saquen del colegio por tener una discapacidad.
Que le brinden los ajustes razonables y apoyos que requieren.
Que se le elaboren y apliquen el PIAR.
Que se le brinden apoyos y ajustes en la evaluación y que le garanticen el cupo para el año siguiente en caso se perder el año.
Que se remuevan las barreras físicas presentes en el colegio.
Razón 6. Se puede usar también en contra de los colegios privados. Que un colegio sea de naturaleza privada no significa que pueda hacer lo que quiera o que pueda vulnerar los derechos de sus estudiantes. Los colegios privados prestan un servicio público, son entidades que solo pueden existir y prestar el servicio público de la educación por autorización del Estado, por ello deben cumplir con todas las normas, garantizar los derechos.
Los colegios privados deben ser inclusivos, no es un asunto de voluntad o de enfoque, no es algo que puedan hacer o no. Si un colegio se niega a ser inclusivo, se niega a garantizar los ajustes razonables y demás aspectos que ordenan las normas colombianas, las familias pueden acudir a la acción de tutela para que un juez proteja los derechos y le ordene garantizar el derecho a la educación inclusiva.
La acción de tutela es una herramienta poderosa que debe ser usada con cuidado y responsabilidad. Las familias deben hacer sus solicitudes por escrito y radicarlas, deben exigir que se les responda por escrito, particularmente si la respuesta es negativa. Estas acciones ahorrarán tiempo cuando, en el futuro, deban acudir al juez para proteger sus derechos. Normalmente en el lugar de su residencia hay muchas personas que pueden ayudarle con su tutela, los consultorios jurídicos de las facultades de derecho y las personerías.
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