La Ley 1996 de 2019 eliminó la interdicción y el proceso judicial por medio del cual se desarrollaba. En su lugar, reconoció que todas las personas con discapacidad son plenamente capaces y que pueden usar y necesitar apoyos para ejercer su capacidad jurídica y tomar decisiones.
Con frecuencia pensamos que simplemente el proceso de interdicción fue reemplazado por el proceso de adjudicación de apoyos, que se trata de los mismo y que simplemente es un cambio de nombre. Esto es falso. Son dos cosas completamente diferentes.
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¿En qué casos un familiar o miembro de la red de apoyo puede comenzar un proceso judicial de apoyos?
Los procesos de adjudicación judicial de apoyos solamente pueden ser comenzados por los familiares o miembros de la red de apoyo de una persona mayor o de una persona con discapacidad en dos escenarios:
En primer lugar, cuando la persona se encuentra en absoluta imposibilidad de manifestar su voluntad por cualquier medio o modo posible. Esto aplica cuando, por ejemplo, la persona se encuentre inconsciente, en estado vegetativo, cuando esté completamente pérdida o desubicada en tiempo en espacio, no sepa quién es, ni donde se encuentra, entre otros casos.
En segundo lugar, cuando la persona se encuentre en imposibilidad de ejercer su capacidad jurídica y sus derechos se encuentren en riesgo. Esto aplica cuando la persona tiene un nivel deterioro que ha progresado y se encuentra en un punto medio, por ejemplo: solamente a veces sabe quién es y dónde se encuentra otras veces no; a veces reconoce a las personas cercanas, otras veces; a veces no recuerda los bienes que integran su patrimonio, otras veces sí.
Estos posibles escenarios deben ser previamente establecidos a través de una valoración de apoyos, no obstante, las familias y los miembros de la red de apoyo pueden preguntarse si su familiar se encuentra en algunos de ellos. Hay que tener siempre en cuenta que ni la valoración de apoyos ni los procesos judiciales son herramientas para actuar en contra de la voluntad de la persona ni vulnerar sus derechos.
¿Para qué sirven los procesos judiciales de apoyo?
Los procesos de adjudicación judicial de apoyo son un mecanismo de formalización de apoyos creados por la Ley 1996 de 2019. Junto con los acuerdos de apoyo y las directivas anticipadas, sirven para formalizar los apoyos que requiere una persona con discapacidad o de una persona mayor. Esto significa: identificar claramente el tipo de ayuda o asistencia que requiere la persona, identificar los actos jurídicos o decisiones específicos que requieren apoyo, las personas que van a proveerlo y las salvaguardas aplicables.
¿Qué tipo de procesos existen y quiénes pueden comenzarlos?
La Ley 1996 de 2019 creó tres procesos judiciales para adjudicar apoyos.
En primer lugar, creó el proceso transitorio, el cual estuvo vigente desde la expedición de la Ley y hasta el 26 de agosto del 2021, fecha en la cual, los procesos demás procesos entraron en vigencia y el proceso transitorio desapareció.
Dado que la Ley eliminó la medida de interdicción y la posibilidad de comenzar procesos de este tipo y que los procesos en curso quedaron suspendidos por virtud de la misma ley, el proceso transitorio se ha usado y se usó para resolver las situaciones urgentes en el entretanto que demás mecanismos de formalización entraban en vigencia.
En segundo lugar, creó el proceso de adjudicación de apoyos de jurisdicción voluntaria, un proceso a través del cual es la misma persona con discapacidad acude ante el juez a solicitar la formalización a través del proceso y la sentencia.
En segundo lugar, creó el proceso de adjudicación de apoyos por vía verbal sumaria, un proceso a través del cual terceras personas acuden ante el juez a solicitar la formalización a través del proceso y la sentencia.
¿Debo tener una valoración de apoyos?
Sí. Todos los procesos judiciales deben incluir un informe final de valoración de apoyos. Éste puede construirse previamente y anexarse a la demanda o en un momento inicial del proceso. Inclusive, la misma autoridad judicial puede solicitar dicha valoración en el curso del proceso.
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¿Cuánto tiempo se demoran los procesos judiciales de apoyo?
La duración de un proceso judicial es relativa. Sin embargo los procesos de adjudicación de apoyos duran entre 8 y 18 meses. Hay varios factores que afectan la rapidez de mismo: la complejidad del proceso, las relaciones entre las partes, las pruebas y el despacho judicial asignado, entre otros.
¿Qué pasa si es necesario tomar una decisión urgente y no es posible esperar a la sentencia?
En casos de decisiones urgentes es indispensable comenzar el proceso de adjudicación de apoyos y, desde el inicio del mismo, solicitar al juez medidas provisionales para que nombre de forma preliminar y temporal a algunas personas para brindar apoyos en la toma de decisiones específicas. Esto debe lo debe hacer el abogado que te acompañe.
Estas medidas provisionales son útiles para desbloquear productos bancarios, otorgar poder, comprar, vender, entre otras decisiones que en cada caso concreto puedan resultar urgentes.
¿Necesito de un abogado para llevar a cabo estos procesos?
Sí, la representación de un abogado es indispensable en estos procesos judiciales.
¿Cuál es el rol de los abogados en estos procesos?
El rol de los abogados va mucho más allá del rol típico de agenciar los trámites judiciales. A lo largo de estos procesos, los abogados que representan a las personas con discapacidad y a sus familiares, deben ayudarles a identificar necesidades de apoyo, actos jurídicos relevantes y las personas clave que pueden brindar el apoyo. Se trata no solo de identificar las necesidades actuales, sino prever algunas necesidades futuras.
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