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La Corte le da la espalda a los pensionados

Reducir los aportes a la salud de las personas pensionadas fue una de las propuestas del Presidente Juan Manuel Santos cuando fue candidato por segunda vez en el 2014. En el 2015 algunos miembros del Polo Democrático trajeron de vuelta la propuesta y se presentó un proyecto de ley para que este grupo, en vez de pagar 12 %, pagara el 4 % de los aportes. El Congreso aprobó el Proyecto de Ley 170 de 2016 y, paradójicamente, la norma no fue sancionada por el Presidente Santos.


Al seguir las recomendaciones del Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, el Presidente Santos afirmó que la norma era inconstitucional e inconveniente en materia fiscal. La ausencia de un plan de financiación del 8 % restante, el cual iba a causar un déficit mayor en el sistema y, que a largo plazo tendría que ser soportado por el Estado, fue el argumento del Ministro. Sin la firma del Presidente, el Congreso pidió a los jueces de la Corte Constitucional que evaluaran la norma con el fin de que la declararan exequible.


Esta semana la Corte Constitucional le dio la razón al gobierno y el asunto se resumió a un tema presupuestal, dado que el sistema de salud necesita los aportes de este grupo para su sostenimiento. Nuevamente los argumentos tecnocráticos impidieron la consolidación del Estado Social de Derecho y la protección de los derechos fundamentales de un grupo de especial protección.


La mayoría de las personas pensionadas en Colombia tienen unas características particulares: son personas mayores quienes al pasar los años tienen condiciones de salud que empeoran y el principal —o único— ingreso es el de su pensión. Por esto, no se entiende por qué cuando una persona está trabajando de manera activa se le deduce el 4 % para los aportes en salud y, apenas se pensiona, hay un incremento al 12 %.


Bajo este panorama la modificación aprobada por el Congreso era redistributiva. Esta garantizaba que solo las personas mayores que recibían menos de cuatro (4) salarios mínimos mensuales (para el 2017 menos de 2,950,868 pesos) pagaran el 4 % y, por su parte, quienes recibían más de cuatro (4) salarios mínimos siguieran aportando el 12 %. Así, la medida buscaba mejorar las condiciones de dignidad y calidad en la vejez de los pensionados con menos ingresos.


La norma también cumplía con el principio de solidaridad del que tanto ha hablado la Corte en materia de seguridad social, pues significaba que quienes tenían mayores recursos pagaban más. Así mismo se podía entender como una medida solidaria en términos intergeneracionales. Si los jóvenes que trabajan no utilizan el sistema de salud porque la mayoría están sanos, esto significa que están siendo solidarios con su futuro: cotizo cuando estoy sano y tengo dinero para que en la vejez —cuando hay mayores probabilidades de estar enfermo y sin los mismos ingresos— no tenga la misma carga.


Las críticas de algunos economistas a quienes toman decisiones sobre derechos sociales parten de una situación como la anterior. Dicen los economistas, en la misma línea del Gobierno para este caso, que se hacen propuestas y se toman decisiones sin pensar en la sostenibilidad del Estado. Y sí hay que tener en cuenta el contexto económico actual, el déficit billonario que implica para el sistema de salud una reforma y la manera en que se subsanará el hueco. Sin embargo, como lo expresó el Procurador Carrillo, el sostenimiento fiscal no puede ser un obstáculo para garantizar la vida digna de un grupo de especial protección.


La pregunta ahora es qué hará el nuevo gobierno para proteger el mínimo vital de los adultos mayores.



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